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Pacto internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales | Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial | Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad | Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer | Convención sobre los derechos del niño | Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares | Convenio constitutivo del fondo para el desarrollo de los pueblos indígenas de América Latina y el Caribe |
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11/29/1968 | 1/16/1967 | 10/1/2008 | 8/21/1990 | 3/15/1996 | ||
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Año de última Constitución observada |
Vivienda Social |
Trabajo y Seguridad Social |
Salud Pública |
Educación Pública |
Desarrollo Social |
Niños y adolescentes |
Jóvenes |
Mujeres |
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Personas con discapacidad |
Afrodescendientes e Indígenas |
Personas migrantes |
1949 | ![]() |
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Instrumento legal | 1 | 1 | Código de la Infancia y la Adolescencia | Ley General de la Persona Joven (Ley núm. 8261) | Ley Integral para la Persona Adulta Mayor | Ley de promoción de la igualdad social de la mujer | Ley General de Salud | Ley de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad | Ley 2694 de 1970 - Ley Anti-Discriminación. | Ley Fundamental de Educación | Codigo de Trabajo | Ley de Vivienda No.7052 |
Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa |
País | Costa Rica |
Principal instancia | Consejo Presidencial Social |
Año de creación | 2014 |
Instancia coordinadora | Segundo(a) Vicepresidente(a) de la República |
Miembros | Coordinado por la Segunda Vicepresidenta de la República e integrado por las o los ministros de la Presidencia, de Trabajo y Seguridad Social, de Educación Pública, de Salud, de Cultura y Juventud, de Vivienda y Asentamientos Humanos y las o los presidentes ejecutivos del Instituto Nacional de las Mujeres, del Instituto Mixto de Ayuda Social y del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación. |
País | Costa Rica |
Principal instancia | Ministerio de Desarrollo Humano e Inclusión Social/Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) |
Año de creación | 2018 |
Misión | El MIDHIS tendrá los siguientes fines: a) Establecer las acciones, medidas, programas y políticas públicas de desarrollo humano e inclusión social. b) Dirigir, coordinar y ejecutar con las demás administraciones públicas descentralizadas del Estado, por especialidad o territorio, la erradicación de la pobreza en particular, la protección especial de grupos y poblaciones vulnerables. c) Dirigir los lineamientos y los mecanismos de planificación, dirección y coordinación de las políticas y programas sociales entre el Poder Ejecutivo y las instituciones autónomas por especialidad o territorio, y revisar periódicamente la política nacional de desarrollo humano e inclusión social. d) Articular la institucionalidad y las políticas de desarrollo humano e inclusión social nacionales con los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados, aplicables en la República. e) Coordinar y garantizar la participación de las organizaciones no gubernamentales y del sector privado que mantienen vínculos con los programas, proyectos y acciones relacionadas con el desarrollo humano y la inclusión social. f) Fomentar el desarrollo de programas y proyectos de economía social solidaria que contribuyan al desarrollo humano y la inclusión social. g) Establecer mecanismos de seguimiento y evaluación de los programas, proyectos y acciones de la política nacional de desarrollo humano e inclusión social. h) Promover un sistema de promulgación y recepción de denuncia ciudadana que será canalizada a la autoridad correspondiente, cuando se evidencien cobros ilegales, intermediación de trámites, clientelismo político, discriminación, otorgamiento de derechos o subsidios sin requisitos, falta de veracidad, omisión o simulación en declaraciones de situación patrimonial, y cualesquiera otros factores que establezcan otras leyes de la República. Será confidencial la identidad de la ciudadanía que de buena fe presenten denuncias. i) Establecer mecanismos para el ejercicio de las capacidades, los derechos ciudadanos y sensibilización para la planificación participativa, la rendición de cuentas, así como la promoción, ejercicio y exigibilidad de derechos subjetivos e intereses legítimos en materia de desarrollo humano e inclusión social. |
Titular | Yorleny León Marchena (2022) |
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