Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales | Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial | Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad | Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer | Convención sobre los derechos del niño | Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares | Convenio constitutivo del fondo para el desarrollo de los pueblos indígenas de América Latina y el Caribe |
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29 noviembre 1968 | 16 enero 1967 | 1 octubre 2008 | 8 octubre 2025 | 21 agosto 1990 | 8 octubre 2025 | 15 marzo 1996 |
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Año de última Constitución observada |
Niños y adolescentes |
Jóvenes |
Personas de edad |
Mujeres |
Personas con discapacidad |
Afrodescendientes e Indígenas |
Personas migrantes |
Educación Pública |
Trabajo y Seguridad Social |
Vivienda Social |
Salud Pública |
Desarrollo Social |
1949 | ![]() |
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Niños y adolescentes |
Jóvenes |
Personas de edad |
Mujeres |
Personas con discapacidad |
Afrodescendientes e Indígenas |
Personas migrantes |
Educación Pública |
Trabajo y Seguridad Social |
Vivienda Social |
Salud Pública |
Desarrollo Social |
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Instrumento legal |
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Ley de promoción de la igualdad social de la mujer |
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Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa |
País | Costa Rica |
Principal instancia | Consejo Presidencial Social |
Año de creación | 2014 |
Instancia coordinadora | Segundo(a) Vicepresidente(a) de la República |
Miembros | Coordinado por la Segunda Vicepresidenta de la República e integrado por las o los ministros de la Presidencia, de Trabajo y Seguridad Social, de Educación Pública, de Salud, de Cultura y Juventud, de Vivienda y Asentamientos Humanos y las o los presidentes ejecutivos del Instituto Nacional de las Mujeres, del Instituto Mixto de Ayuda Social y del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación. |
Mandato |
Los Consejos Presidenciales tendrán las siguientes funciones:
a) Dar seguimiento y velar por el cumplimiento efectivo del Plan Nacional de Desarrollo. b) Formular, aprobar y articular políticas, programas y proyectos estratégicos, que involucren los sectores representados dentro del Consejo Presidencial. c) Diseñar, en coordinación con el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, una metodología y un sistema de monitoreo y evaluación de los diferentes proyectos y programas que involucren a los sectores representados dentro del Consejo Presidencial. d) Conocer las evaluaciones trimestrales de ejecución de los planes, programas y proyectos de los diferentes sectores representados dentro del Consejo Presidencial. |
País | Costa Rica |
Principal instancia | Ministerio de Desarrollo Humano e Inclusión Social/Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) |
Año de creación | 2018 |
Misión | El MIDHIS tendrá los siguientes fines: a) Establecer las acciones, medidas, programas y políticas públicas de desarrollo humano e inclusión social. b) Dirigir, coordinar y ejecutar con las demás administraciones públicas descentralizadas del Estado, por especialidad o territorio, la erradicación de la pobreza en particular, la protección especial de grupos y poblaciones vulnerables. c) Dirigir los lineamientos y los mecanismos de planificación, dirección y coordinación de las políticas y programas sociales entre el Poder Ejecutivo y las instituciones autónomas por especialidad o territorio, y revisar periódicamente la política nacional de desarrollo humano e inclusión social. d) Articular la institucionalidad y las políticas de desarrollo humano e inclusión social nacionales con los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados, aplicables en la República. e) Coordinar y garantizar la participación de las organizaciones no gubernamentales y del sector privado que mantienen vínculos con los programas, proyectos y acciones relacionadas con el desarrollo humano y la inclusión social. f) Fomentar el desarrollo de programas y proyectos de economía social solidaria que contribuyan al desarrollo humano y la inclusión social. g) Establecer mecanismos de seguimiento y evaluación de los programas, proyectos y acciones de la política nacional de desarrollo humano e inclusión social. h) Promover un sistema de promulgación y recepción de denuncia ciudadana que será canalizada a la autoridad correspondiente, cuando se evidencien cobros ilegales, intermediación de trámites, clientelismo político, discriminación, otorgamiento de derechos o subsidios sin requisitos, falta de veracidad, omisión o simulación en declaraciones de situación patrimonial, y cualesquiera otros factores que establezcan otras leyes de la República. Será confidencial la identidad de la ciudadanía que de buena fe presenten denuncias. i) Establecer mecanismos para el ejercicio de las capacidades, los derechos ciudadanos y sensibilización para la planificación participativa, la rendición de cuentas, así como la promoción, ejercicio y exigibilidad de derechos subjetivos e intereses legítimos en materia de desarrollo humano e inclusión social. |
Titular | Yorleny León Marchena (2022) |
Segmento poblacional |
Niños y adolescentes |
Jóvenes |
Personas de edad |
Personas con discapacidad |
Mujeres |
Personas migrantes |
Principal instancia de protección | Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia | Viceministerio de Juventud | Consejo Nacional para el Adulto Mayor | Consejo Nacional de las Personas con Discapacidad(CONAPDIS) | Instituto Nacional de las Mujeres | Dirección General de Migración y Extranjería |
Instrumento legal | Ley 7739 Código de la Niñez y la Adolescencia (1998) Decreto 33028 (2006) por el que se dicta el Reglamento al Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia Decreto Nº 35876-S (2009) Lineamiento para el sector social y lucha contra la pobreza: implementación de los subsistemas locales de protección a la niñez y la adolescencia en las once comunidades prioritarias | Ley General de la Persona Joven (Ley núm. 8261) | Ley Integral para la Persona Adulta Mayor (Ley No. 7935) | Ley 5.347 por la cual se crea en 1973 el Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial |
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Ley Nº 8764, Ley General de Migración y Extranjería, 2009 |
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Nivel técnico - operativo | |||||||
Registro Único de Participantes |
Sistema Integrado de Administración Financiera /b |
Plan Sectorial de Desarrollo Social |
Transparencia - Sistema de acceso a la información pública del Estado |
Sistema Integrado de |
Instancias de evaluación de los programas sociales |
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General |
Sectorial |
General |
Sectorial |
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Ministerio de Desarrollo Humano e Inclusión Social |
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