Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales | Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial | Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad | Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer | Convención sobre los derechos del niño | Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares | Convenio constitutivo del fondo para el desarrollo de los pueblos indígenas de América Latina y el Caribe |
12 marzo 1980 | 15 febrero 1978 | 7 diciembre 2007 | 27 octubre 1981 | 5 octubre 1990 | 26 octubre 2005 | 10 julio 1995 |
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Año de última Constitución observada |
Niños y adolescentes |
Jóvenes |
Personas de edad |
Mujeres |
Personas con discapacidad |
Afrodescendientes e Indígenas |
Personas migrantes |
Educación Pública |
Trabajo y Seguridad Social |
Vivienda Social |
Salud Pública |
Desarrollo Social |
1948 | ||||||||||||
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Niños y adolescentes |
Jóvenes |
Personas de edad |
Mujeres |
Personas con discapacidad |
Afrodescendientes e Indígenas |
Personas migrantes |
Educación Pública |
Trabajo y Seguridad Social |
Vivienda Social |
Salud Pública |
Desarrollo Social |
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Instrumento legal | n.d. | |||||||||||
Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa | Normativa |
País | Nicaragua |
Principal instancia | Consejo de Comunicación y Ciudadania de la Presidencia del Poder Ciudadano |
Año de creación | 2007 |
Instancia coordinadora | Delegado(a) Presidencial |
Miembros |
a. Un Delegado del Presidente de la República, que lo coordinará. b. Los titulares del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Ministerio de Salud, Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales, Ministerio de Familia, o sus delegados. c. El Director Ejecutivo del Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal, Instituto Nicaragüense de Cultura, Instituto Nicaragüense de la Juventud y Deportes, Instituto Nicaragüense de la Mujer, el Instituto Nicaragüense de Turismo, o sus delegados. d. Los Secretarios de comunicación y ciudadanía, departamentales, municipales y de las regiones autónomas. El Consejo de Comunicación y Ciudadanía es sucesor sin solución de continuidad de la Oficina de Desarrollo y Asistencia Social, Dirección de Coordinación de la Comunicación, Secretaría de Prensa, Oficina de Ética Pública y de las Secretarías Departamentales y Regionales de Gobierno. El Consejo de Comunicación y Ciudadanía tendrá además un Secretario Ejecutivo que será designado por el Presidente de la República. |
Mandato |
• Diseñar políticas, planes, programas y acciones para promover una cultura para la realización de los objetivos del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, mediante la conservación de los valores y costumbres nacionales y la realización de la creatividad y capacidad de innovación de los y las nicaragüenses a ser fortalecido con la democracia directa de la democracia de ciudadanía. • Diseñar políticas, planes, programas y acciones para promover la formación de ciudadanía en el contexto cultural, institucional e histórico nicaragüense y organizar su ejecución en todo el territorio nacional de tal manera de garantizar la formación de Consejos de Ciudadanos Comarcales; barriales y distritales, Consejos de Ciudadanos Municipales, Consejos de Ciudadanos Departamentales y de las regiones autónomas RAAN y RAAS, todo ello en coordinación con el Consejo de Políticas Nacionales, los Consejos Ciudadanos Inter-Sectoriales y el Consejo Ciudadano de Gobierno Nacional, cuando se forme, de tal manera de volver una realidad nacional la democracia de ciudadanía por medio de la democracia directa. • Diseñar políticas, planes, programas y acciones para la comunicación social a los nicaragüenses y al mundo los objetivos del Gobierno y su Política Nacional de Formación Ciudadana en apoyo a la democracia directa y la democracia de ciudadanía. • Priorizar los temas de medio ambiente y turismo armonizado con la naturaleza; educación y educación para la salud, dentro del marco de la democracia de ciudadanía en una democracia directa. • Elaborar, aprobar y ejecutar estrategias integradas de cultura, formación de ciudadanía y comunicación social para facilitar los procesos de decisión, gestión y evaluación del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, la participación de la ciudadanía en estos procesos con énfasis en la participación de grupos históricamente excluidos (mujeres, juventud, indígenas y comunidades étnicas, entre otros), de tal manera de construir la democracia directa por medio de la democracia de ciudadanía. • Coordinar la ejecución de las estrategias integradas con los Consejos Departamentales de Comunicación y Ciudadanía y los Consejos Regionales de Comunicación y Ciudadanía de las regiones autónomas RAAN y RAAS, para articular la democracia directa en todo el territorio nacional, para hacer real la democracia de ciudadanía. • Promover el cumplimiento de los objetivos del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional en los procesos de decisión y de gestión del Gobierno, de tal manera de efectivamente transformar la estructura de poder nacional y volver real la participación de los y las ciudadanos (as) y de la democracia de ciudadanía por medio de la democracia directa. En coordinación con el Consejo de Políticas Nacionales. • Coordinar la Comunicación de la Presidencia de la República. • Asistir al Presidente de la República en los actos de gobierno y en todo lo relativo al despacho oficial. • Administrar la agenda del Presidente de la República y la ejecución de la misma. • Coordinar las giras presidenciales. • Organizar las conferencias de prensa de la Presidencia de la República y todas las que se realicen en la Casa de Gobierno. • Dirigir la gestión de todos los medios de comunicación del gobierno. |
País | Nicaragua |
Principal instancia | Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez |
Año de creación | 2007 |
Misión | Facilitar la ejecución de acciones integrales en beneficio de grupos de población vulnerable, niños desvalidos y abandonados, personas mayores y personas con capacidades diferentes, buscando ofrecer soluciones de autosustento. Por mandato de la Ley 290, implementa políticas sociales, para la promoción, prevención y protección especial, de los derechos de niñas, niños, adolescentes, adultos mayores y sus familias en situación de riesgo social. Su misión consiste en garantizar la restitución y protección de los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes que se encuentre en situación de mayor desventaja, vulnerabilidad o riesgo. Para ello se trabaja con una estrategia de responsabilidad compartida con la participación de las familias; los jóvenes; los Gabinetes de la Familia, la Comunidad y Vida y los Hogares Solidarios. |
Titular | Johana Vanessa Flores (2018) |
Segmento poblacional |
Niños y adolescentes |
Jóvenes |
Personas de edad |
Personas con discapacidad |
Mujeres |
Personas migrantes |
Principal instancia de protección | Consejo de Atención y Protección Integral a la Niñez y la Adolescencia/ Ministerio de la familia | Ministerio de la Juventud | onsejo Nacional del Adulto Mayor | Consejo Nacional de Promoción y Aplicación de los Derechos de las Personas con Discapacidad | Ministerio de la Mujer | Dirección General de Migración y Extranjería |
Instrumento legal | Ley 287 Código de la Niñez y la Adolescencia (1998) (CONAPINA) Ley 351 de Organización del Consejo Nacional de Atención y de Protección Integral a la Niñez y la Adolescencia y la Defensoría de las Niñas, Niños y Adolescentes y Decreto 63-2000 Reglamento General de la Ley | Ley de Promoción del Desarrollo Integral de la Juventud y su Reglamento (Ley núm. 392) | Ley No. 720 - Ley del Adulto Mayor (2010) | Ley 763 de los derechos de las personas con discapacidad | Ley Nº 761: "Ley General de Migración y Extranjería (2011) |
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Nivel técnico - operativo | |||||||
Registro Único de Participantes |
Sistema Integrado de Administración Financiera /b |
Plan Sectorial de Desarrollo Social |
Transparencia - Sistema de acceso a la información pública del Estado |
Sistema Integrado de |
Instancias de evaluación de los programas sociales |
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General |
Sectorial |
General |
Sectorial |
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Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez | ||||||||