Fecha de última actualización: Diciembre 2021
Institucionalidad social
para América Latina y el Caribe
Honduras

 

 

Dimensión jurídico normativa
Adhesión, firma y ratificación de pactos, convenciones y convenios relacionados con los derechos económicos, sociales y culturales
Ratificado / Adherido     Firmado     Sin firma / ratificación
Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer Convención sobre los derechos del niño Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares Convenio constitutivo del fondo para el desarrollo de los pueblos indígenas de América Latina y el Caribe
17 febrero 1981 10 octubre 2002 29 marzo 2024 3 marzo 1983 10 agosto 1990 9 agosto 2005 10 mayo 1995
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El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ICESCR, por sus siglas en inglés) y su Protocolo Facultativo son los instrumentos internacionales del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que regulan la protección de los derechos económicos, sociales y culturales (DESC). El Pacto fue aprobado por la Asamblea General de la ONU mediante la resolución 2200 A (XXI) del 16 de diciembre de 1966 y entró en vigor en 1976.

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La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ICERD, por sus siglas en inglés) es el instrumento internacional del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) dirigido explícitamente a la eliminación de cualquier tipo de discriminación racial. Fue aprobada por la Asamblea General de la ONU mediante la resolución 2106 (XX) del 21 de diciembre de 1965 y entró en vigor en 1969.

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La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad es el instrumento internacional del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que regula la protección de los derechos humanos de las personas con discapacidad con una dimensión explícita de desarrollo social. En ella se adopta una amplia clasificación de las personas con discapacidad y se reafirma que todas las personas con todos los tipos de discapacidad deben poder gozar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Fue aprobada por la Asamblea General de la ONU el 13 de diciembre de 2006.

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La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) es el instrumento internacional del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que regula la protección de los derechos de las mujeres. Define los actos que constituyen discriminación contra la mujer y describe la naturaleza de la obligación estatal mediante leyes, políticas públicas y programas que el Estado debe desarrollar para eliminar la discriminación. Fue aprobada por la Asamblea General de la ONU el 18 de diciembre de 1979.

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La Convención sobre los Derechos del Niño (CRC, por sus siglas en inglés) es el instrumento internacional del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que reconoce los derechos de los niños y las niñas articulados sobre la base de cuatro principios fundamentales: la no discriminación, el interés superior de la infancia; el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo, y el respeto por la opinión de los niños y niñas. Fue aprobada por la Asamblea General de la ONU el 20 de noviembre de 1989.

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La Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares es el instrumento internacional del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que regula la protección de los derechos de las personas migrantes y sus familiares, sin distinción alguna y durante todo el proceso de migración. Fue aprobada por la Asamblea General de la ONU el 18 de diciembre de 1990.

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El Convenio sobre pueblos indígenas y tribales 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) es el instrumento internacional del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que indica a los gobiernos que deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad. Fue aprobada por la Asamblea General de la ONU el 27 de junio de 1989.

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Mención constitucional de temas sectoriales
Mención explícita      Mención indirecta     No menciona

Año de última Constitución observada

Niños y adolescentes

Jóvenes

Personas de edad

Mujeres

Personas con discapacidad

Afrodescendientes e Indígenas

Personas migrantes

Educación Pública

Trabajo y Seguridad Social

Vivienda Social

Salud Pública

Desarrollo Social

1982
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ARTICULO 178.- Se reconoce a los hondurenos el derecho de vivienda digna. El Estado formularA y ejecutarA programas de vivienda de interes socia

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ARTICULO 142 .- Toda persona tiene derecho a la seguridad de sus medios economicos de subsistencia en caso de incapacidad para trabajar u obtener trabajo retribuido.

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ARTICULO 145.- Se reconoce el derecho a la proteccion de la salud

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CAPITULO VIII DE LA EDUCACIoN Y CULTURA ARTICULO 151.- La educacion es funcion esencial del Estado para la conservacion, el fomento y difusion de la cultura, la cual deberA proyectar sus beneficios a la sociedad sin discriminacion de ninguna naturaleza

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El último texto constitucional revisado para este país, no presenta menciones explícitas o indirectas de este tema sectorial en particular.

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CAPITULO IV DE LOS DERECHOS DEL NInO ARTICULO 119.- El Estado tiene la obligacion de proteger a la infancia. Los ninos gozarAn de la proteccion prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.

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El último texto constitucional revisado para este país, no presenta menciones explícitas o indirectas de este tema sectorial en particular.

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ARTICULO 112.- Se reconoce el derecho del hombre y de la mujer, que tengan la calidad de tales naturalmente, a contraer matrimonio entre sí, así como la igualdad jurídica de los cónyuges.

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ARTICULO 117.- Los ancianos merecen la proteccion especial del Estado.

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ARTICULO 142 .- Toda persona tiene derecho a la seguridad de sus medios economicos de subsistencia en caso de incapacidad para trabajar u obtener trabajo retribuido.

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ARTICULO 346.- Es deber del Estado dictar medidas de proteccion de los derechos e intereses de las comunidades indigenas existentes en el pais, especialmente de las tierras y bosques donde estuvieren asentadas.

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ARTICULO 31.- Los extranjeros gozan de los mismos derechos civiles de los hondurenos con las restricciones que por razones calificadas de orden publico, seguridad, interes o conveniencia social establecen las leyes.
ARTICULO 61.- La Constitucion garantiza a los hondurenos y extranjeros residentes en el pais, el derecho a la inviolabilidad de la vida, a la seguridad individual, a la libertad, a la igualdad ante la ley y a la propiedad.

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Normativas específicas nacionales
Presenta normativa      No se dispone de información oficial
 

Niños y adolescentes

Jóvenes

Personas de edad

Mujeres

Personas con discapacidad

Afrodescendientes e Indígenas

Personas migrantes

Educación Pública

Trabajo y Seguridad Social

Vivienda Social

Salud Pública

Desarrollo Social

 
Instrumento legal n.d.
  Normativa Normativa Normativa Normativa Normativa Normativa Normativa Normativa Normativa Normativa Normativa

 

 

 

Dimensión organizacional
Principal instancia de coordinación intersectorial

 

País Honduras
Principal instancia Gabinete Sectorial de Desarrollo e Inclusión Social
Año de creación 2014
Instancia coordinadora Coordinador del Gabinete Sectorial
Miembros 1. Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social;
2. Secretaría de Estado en el Despacho de Salud;
3. Secretaría de Estado en el Despacho de Educación;
4. Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento;
5. Centro Nacional de Educación para el Trabajo;
6. Patronato Nacional de la Infancia (PANI);
7. Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia (IHNFA);
8. Instituto Nacional de la Mujer (INAM);
9. Programa Vida Mejor;
10. Fondo Especial de Protección Social.
11. Instituto Hondureño de Infraestructura Física Educativa (INHIFE)
Mandato 1. Analizar los asuntos que tengan relación con las Secretarías de Estado, Entidades Desconcentradas, Descentralizadas, Autónomas, Programas, Proyectos y Dependencias que integran su Sector;
2. Proponer al Coordinador General de Gobierno la solución de las cuestiones de competencia que pueda suscitarse entre dos o más instituciones de su Sector;
3. Aprobar, a propuesta del titular de la respectiva institución, los Planes Estratégicos y Operativos Institucionales, incluyendo las metas, productos y resultados de acuerdo a la Planificación Estratégica concretada en el Plan Estratégico Anual y el Plan Estratégico Plurianual;
4. Recomendar la asignación de techos presupuestarios de gasto, dentro del respectivo techo sectorial asignado por la Coordinación General de Gobierno previo a su inclusión en el Anteproyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y a su remisión al Consejo de Ministros;
5. Analizar y proponer al Presidente de la República, a través de la Coordinación General de Gobierno, las modificaciones del presupuesto todo ello previo al trámite respectivo que establece la Ley Orgánica del Presupuesto;
6. Remitir a la Coordinación General de Gobierno la información sobre el seguimiento y evaluación de la instituciones y dependencias que conforman el Gabinete Sectorial correspondiente;
7. Presentar a la Coordinación General de Gobierno las resoluciones y recomendaciones de los Gabinetes Sectoriales, las cuales serán consultadas con el Presidente de la República y en su caso elevadas al conocimiento del Consejo de Ministros;
8. Conocer las recomendaciones de las Secretarías de Estado, Entidades Desconcentradas, Descentralizadas, Autónomas, Programas, Proyectos y Dependencias que integran su Sector y resolver lo procedente;
9. Proponer a la Coordinación General de Gobierno las Políticas Públicas Sectoriales; y,
10. Cualquier otra función que le asigne el Presidente de la República.
 
Principal instancia dedicada al desarrollo social

 

País Honduras
Principal instancia Secretaría de Desarrollo Social
Año de creación 2022
Misión La Secretaría es la encargada de diseñar, planificar, coordinar, monitorear y evaluar la implementación de las políticas públicas de desarrollo y protección social del Estado dirigidas a la población en pobreza, extrema pobreza y a los grupos en situación de vulnerabilidad, para crear las bases de una Honduras solidaria, incluyente y libre de violencias.
Titular José Carlos Cardona (2022)

 

 

 

Instituciones para la protección de los segmentos poblacionales
No se dispone de información oficial
Segmento poblacional

Niños y adolescentes

Jóvenes

Personas de edad

Personas con discapacidad

Mujeres

Personas migrantes

Principal instancia de protección Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia Instituto Nacional de la Juventud (INJ) Dirección General Adulto Mayor Dirección General de Desarrollo para las Personas con Discapacidad Instituto Nacional de la Mujer Dirección General de Migración y Extranjería
Instrumento legal Código de la Niñez y la Adolescencia (1996) Ley Marco para el Desarrollo Integral de la Juventud (Decreto núm. 260) Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados Ley 160 de equidad y desarrollo integral para las personas con discapacidad Decreto Nº 208, 'Ley de Migración y Extranjería' (2004)

 

 

 

Dimensión técnico operativa
Herramientas de gestión, planificación, evaluación y transparencia de los programas sociales
Presenta herramienta   No presenta 



Actor de protección social de mayor jerarquía y presencia

Nivel técnico - operativo

Registro Único de Participantes

Sistema Integrado de Administración Financiera /b

Plan Sectorial de Desarrollo Social

Transparencia - Sistema de acceso a la información pública del Estado

Sistema Integrado de
Información Social

Instancias de evaluación de los programas sociales

General

Sectorial

General

Sectorial

Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social
                 

 

 

 

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