PAÍS:
México
Fecha del anuncio:
4/16/2020
Nombre de la medida:
Servicio de energia eléctrica
Fecha de inicio:
4/17/2020
Fecha de término:
Descripción:
Los usuarios domésticos que rebasen el límite de la tarifa eléctrica subsidiada durante la pandemia del Covid-19 no pasarán a la tarifa Doméstico de Alto Consumo (DAC). Esta medida aplicará para los consumos realizados desde el 30 de marzo y hasta 7 días naturales después de se determine el fin de la emergencia sanitaria.Durante este periodo sí se realizaran reclasificaciones hacia tarifas más bajas, cuando corresponda.
Población objetivo:
Usuarios domiciliarios del servicio de energía eléctrica
CARACTERÍSTICAS DE LA MEDIDA |
Tipo de medida: |
Ámbito: |
Fijación de precios |
Acceso a servicios básicos |
Cobertura anunciada:
Forma de entrega: En efectivo o en especie
Frecuencia / duración: Mensual, durante la contingencia
Lugar de entrega: A domicilio
Sistema de registro de destinatarios:
Marco legal: Diario Oficial de la Federación (04-17-20), Acuerdo 39/2020
Institución responsable: Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)
Fuentes oficiales:
Diario Oficial de la Federación (04-17-20) - Acuerdo 39/2020, Secretaría de Hacienda 'ACUERDO por el que se determina el mecanismo de fijación de tarifas finales de energía eléctrica del suministro básico a usuarios domésticos (...)'. [http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591868&fecha=17/04/2020]
Secretaría de Hacienda y Crédito Público (04-17-20). 'Comunicado No. 043 SHCP acuerda que CFE no considerará consumos domésticos de energía eléctrica con tarifa DAC durante contingencia'. [https://www.gob.mx/shcp/prensa/comunicado-no-043-shcp-acuerda-que-cfe-no-considerara-consumos-domesticos-de-energia-electrica-con-tarifa-dac-durante-contingencia].
Fecha de la última actualización:
8/26/2021