PAÍS:
Colombia
Fecha del anuncio:
5/27/2020
Nombre de la medida:
Programa de Auxilio a los trabajadores en suspensión contractual
Fecha de inicio:
6/3/2020
Fecha de término:
Descripción:
Transferencia monetaria no condicionada, para trabajadores que devenguen hasta 4 salarios mínimos legales mensuales vigentes y que se les haya suspendido su contrato laboral o estado en licencia no remunerada en el periodo correspondiente de abril a junio del año 2020. No deben estar cubiertos por los programas Familias en Acción, Colombia Mayor, Jóvenes en Acción, de la compensación del impuesto sobre las ventas - IVA, o del Programa de Ingreso Solidario.
Población objetivo:
Trabajadores que se les haya suspendido su contrato laboral o hayan estado en licencia no remunerada
CARACTERÍSTICAS DE LA MEDIDA |
Tipo de medida: |
Ámbito: |
Transferencia monetaria |
Protección del ingreso |
Cobertura anunciada: 600 mil trabajadores con contratos suspedidos
Forma de entrega: Transferencia a cuenta bancaria
Frecuencia / duración: Transferencia mensual, por máximo tres meses (período correspondiente a los meses de abril, mayo y junio). Los desembolsos inician en agosto.
Lugar de entrega: En bancos o cajeros
Sistema de registro de destinatarios: Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).
El Departamento Nacional de Planeación (DNP) revisará que las personas no hagan parte de los programas Familias en Acción, Colombia Mayor, Jóvenes en Acción, de la compensación del impuesto sobre las ventas - IVA, o del Programa de Ingreso Solidario.
Marco legal: Decreto 770 del 3 de junio de 2020
Resolución 1262 del 10 de julio de 2020
Institución responsable: Ministerio de Trabajo
Fuentes oficiales:
Ministerio del Trabajo (06-03-20). 'Decreto 770 de 2020'. [https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20770%20DEL%203%20DE%20JUNIO%20DE%202020.pdf]
Ministerio del Trabajo (07-10-20). Resolución No1262 del 10 de julio de 2020. [https://www.mintrabajo.gov.co/documents/20147/35158/Resoluci%C3%B3n++1262.PDF/8d84f2c1-cb38-b412-abe3-791bd7809fe2?t=1597183433014].
Ministerio del Trabajo (03-30-21). 'Beneficiarios del programa de Suspensión Contractual o Licencia no Remunerada, aún pueden reclamar auxilio económico'. [https://www.mintrabajo.gov.co/prensa/comunicados/2021/marzo/beneficiarios-del-programa-de-suspension-contractual-o-licencia-no-remunerada-aun-pueden-reclamar-auxilio-economico].
Ministerio del Trabajo (12-02-20). 'MinTrabajo busca a los últimos 48 mil beneficiarios que no han recibido el auxilio del programa (...)'. [https://www.mintrabajo.gov.co/prensa/comunicados/2020/diciembre/mintrabajo-busca-a-los-ultimos-48-mil-beneficiarios-que-no-han-recibido-el-auxilio-del-programa-de-suspension-contractual-o-en-licencia-no-remunerada].
Ministerio del Trabajo (08-05-20). 'Programa de Auxilio a los Trabajadores en Suspensión Contractual o Licencia No Remunerada. Manual operativo'. [https://www.mintrabajo.gov.co/documents/20147/35158/MANUAL+OPERATIVO+GENERAL.pdf/6c82c9a0-fd0e-fc67-b9f3-dcfe58bccbbb?t=1597183448841].
Ministerio del Trabajo (s.f.). 'ABECË Programa de Auxilio a los Trabajadores en Suspensión Contractual o Licencia No Remunerada'. [https://www.mintrabajo.gov.co/documents/20147/35158/ABECE%CC%81+PROGRAMA+DE+AUXILIO+DECRETO+770.pdf/53fd9486-db63-1aaa-280f-3778be247b8a?t=1597263500175]
Presidencia de la República (05-27-20). 'Presidente Duque anuncia que el Gobierno Nacional pagará el 50% de la prima de junio para los trabajadores formales que ganan hasta un salario mínimo'. [https://id.presidencia.gov.co/Paginas/prensa/2020/Presidente-Duque-Gobierno-pagar-50-por-ciento-prima-junio-para-los-trabajadores-formales-salario-minimo-200527.aspx].
Fecha de la última actualización:
5/31/2022