Perfil Nacional: Pobreza y distribución del ingreso

 

Perú: Tasa de pobreza y pobreza extrema

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Perú: Distribución del ingreso de las personas por quintiles

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Institucionalidad social

 

 

Adhesión, firma y ratificación de pactos, convenciones y convenios relacionados con los derechos económicos, sociales y culturales
Ratificado / Adherido     Firmado     Sin firma / ratificación
Pacto internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer Convención sobre los derechos del niño Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares Convenio constitutivo del fondo para el desarrollo de los pueblos indígenas de América Latina y el Caribe
1978-04-28 1971-09-29 2008-01-30 1982-09-13 1990-09-04 2005-09-14
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El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ICESCR, por sus siglas en inglés) y su Protocolo Facultativo son los instrumentos internacionales del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que regulan la protección de los derechos económicos, sociales y culturales (DESC). El Pacto fue aprobado por la Asamblea General de la ONU mediante la resolución 2200 A (XXI) del 16 de diciembre de 1966 y entró en vigor en 1976.

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La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ICERD, por sus siglas en inglés) es el instrumento internacional del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) dirigido explícitamente a la eliminación de cualquier tipo de discriminación racial. Fue aprobada por la Asamblea General de la ONU mediante la resolución 2106 (XX) del 21 de diciembre de 1965 y entró en vigor en 1969.

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La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad es el instrumento internacional del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que regula la protección de los derechos humanos de las personas con discapacidad con una dimensión explícita de desarrollo social. En ella se adopta una amplia clasificación de las personas con discapacidad y se reafirma que todas las personas con todos los tipos de discapacidad deben poder gozar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Fue aprobada por la Asamblea General de la ONU el 13 de diciembre de 2006.

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La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) es el instrumento internacional del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que regula la protección de los derechos de las mujeres. Define los actos que constituyen discriminación contra la mujer y describe la naturaleza de la obligación estatal mediante leyes, políticas públicas y programas que el Estado debe desarrollar para eliminar la discriminación. Fue aprobada por la Asamblea General de la ONU el 18 de diciembre de 1979.

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La Convención sobre los Derechos del Niño (CRC, por sus siglas en inglés) es el instrumento internacional del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que reconoce los derechos de los niños y las niñas articulados sobre la base de cuatro principios fundamentales: la no discriminación, el interés superior de la infancia; el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo, y el respeto por la opinión de los niños y niñas. Fue aprobada por la Asamblea General de la ONU el 20 de noviembre de 1989.

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La Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares es el instrumento internacional del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que regula la protección de los derechos de las personas migrantes y sus familiares, sin distinción alguna y durante todo el proceso de migración. Fue aprobada por la Asamblea General de la ONU el 18 de diciembre de 1990.

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El Convenio sobre pueblos indígenas y tribales 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) es el instrumento internacional del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que indica a los gobiernos que deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad. Fue aprobada por la Asamblea General de la ONU el 27 de junio de 1989.

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Mención constitucional de temas sectoriales
Mención explícita      Mención indirecta     No menciona

Año de última Constitución observada

Vivienda Social

Trabajo y Seguridad Social

Salud Pública

Educación Pública

Desarrollo Social

Niños y adolescentes

Jóvenes

Mujeres

Personas de edad

Personas con discapacidad

Afrodescendientes e Indígenas

Personas migrantes

1993
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El último texto constitucional revisado para este país, no presenta menciones explícitas o indirectas de este tema sectorial en particular.

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Artículo 10º El Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para su protección frente a las contingencias que precise la ley y para la elevación de su calidad de vida.

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Artículo 7º Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad.

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Artículo 17º La educación inicial, primaria y secundaria son obligatorias. En las instituciones del Estado, la educación es gratuita. En las universidades públicas el Estado garantiza el derecho a educarse gratuitamente a los alumnos que mantengan un rendimiento satisfactorio y no cuenten con los recursos económicos necesarios para cubrir los costos de educación.

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El último texto constitucional revisado para este país, no presenta menciones explícitas o indirectas de este tema sectorial en particular.

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La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad.

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La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad.

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Normativas específicas nacionales
Presenta normativa      No se dispone de información oficial
 

Niños y adolescentes

Jóvenes

Personas de edad

Mujeres

Personas con discapacidad

Afrodescendientes e Indígenas

Personas migrantes

Educación Pública

Trabajo y Seguridad Social

Vivienda Social

Salud Pública

Desarrollo Social

 
Instrumento legal Código de los Niños y Adolescentes Decreto Supremo núm. 001-2008-ED Ley de las Personas Adultas Mayores Ley de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres Ley General de la Persona con Discapacidad Ley 27270 de 2000 – Contra Actos de Discriminación Perú Decreto Legislativo Nº 1350: Decreto Legislativo de Migraciones (2017) Ley General de Educación Ley de Beneficios Sociales al Trabajador Ley Fondo Vivienda Ley General de Salud n.d.
  Normativa Normativa Normativa Normativa Normativa Normativa Normativa Normativa Normativa Normativa

 

 

 

Principal instancia de coordinación intersectorial
País Perú
Principal instancia Comisión Interministerial de Asuntos Sociales
Año de creación 2007
Instancia coordinadora Presidente(a) del Consejo de Ministros
Miembros Ministerio de Economía y Finanzas; Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Ministerio de Educación; Ministerio de Salud; Ministerio de Agricultura y Riego; Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Ministerio de la Producción; Ministerio de Energía y Minas; Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Ministerio de Cultura; Ministerio de Defensa; Ministerio del Ambiente; Ministerio del Interior; Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
Principal instancia dedicada al desarrollo social
País Perú
Principal instancia Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
Año de creación 2011
Misión El MIDIS es el organismo rector de las políticas nacionales que promueven el Desarrollo y la Inclusión Social. Su misión es garantizar que las políticas y programas sociales de los diferentes sectores y niveles de gobierno actúen de manera coordinada y articulada para cerrar las brechas de acceso a servicios públicos universales de calidad y de acceso a las oportunidades que abre el crecimiento económico. El MIDIS nace para cambiar la inercia, la fragmentación y la desarticulación del Estado Peruano frente a la pobreza y la exclusión social y para concertar acciones conjuntas en los diferentes territorios del país, hacer seguimiento del cumplimiento de los acuerdos, evaluar los impactos que se generan y provocar aprendizajes conjuntos de manera de marcar el rumbo del Estado hacia un eficaz combate contra la pobreza.
Titular Julio Demartini Montes (2022)

 

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Juventud e inclusión social

 

 

 

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Publicaciones

 

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Diciembre 2017 | 
  • Rubio García, Mónica
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Diciembre 2017 | 
  • Pebe, Carol
  • Radas, Norally
  • Torres, Javier
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Marzo 2015 | 
  • Gamero, Julio

 

 

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