Período: | 1999- |
Web: | Ver página web oficial del programa |
Descripción: | El programa Pobreza y Discapacidad busca contribuir a la calidad de vida de las personas con discapacidad en situación de abandono y/o riesgo social, para construir su propio proyecto de vida y entender las necesidades derivadas de la discapacidad y necesidades básicas instatisfechas. Específicamente el programa busca transferir recursos económicos a personas en dos tipos de situaciones. Por un lado, busca apoyar a personas en situación de pobreza para el acceso a servicios y el mejoramiento de la calidad de vida. Por otro lado, busca apoyar personas con discapacidad en situación de abandono y/o riesgo social, a partir de las características y necesidades particulares de cada una. |
Características
Población meta: | Personas con discapacidad en situación de pobreza, abandono y/o riesgo social |
Ambito de acción: | Pensión no contributiva |
Escala geográfica: | Nacional |
Método de focalización: | Categórico |
Instrumento selección: | Los técnicos y profesionales del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE) deben aplicar una guía de análisis y selección de los participantes potenciales del programa Pobreza y Discapacidad, que incluye la Canasta Básica Derivada de la Discapacidad, la Canasta Básica Normativa, la condición de Pobreza y la definición de discapacidad. Entre otros documentos, como parte del proceso de selección de usuarios, se solicita la Ficha de Inclusión Social (FIS), que es el instrumento de recolección de información socioeconómica de las familias, y el Certificado de discapacidad emitido por el CONAPDIS. |
Registro de Destinatarios: | Base de datos de subsidios del CNREE, que se incorpora al Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado (SINIRUBE). |
Criterios de egreso o salida: | La transferencia se puede suspender temporal o definitivamente en el caso que se presente cualquier de las siguientes situaciones: 1) Cuando por recomendación técnica comprobada por el CNREE o por la ONG encargada, la persona con discapacidad no requiera de la transferencia. 2) Si la inversión de la transferencia se aparta de lo aprobado 3) Si la transferencia fue otorgada con base en información falsa. 4) Si la persona recibe apoyo económico de otras instituciones públicas para los mismos fines y que este no es complementario al apoyo ofrecido por el CNREE. 5) Si ocurre un cambio en los ingresos familiares que le permita sufragar los gastos que dieron origen a la transferencia monetaria otorgado por el CNREE 6) Cuando el receptor no aporta los comprobantes de inversión requeridos 7) Fallecimiento de la persona En cuanto a la vigencia de los subsidios, los subsidios se harán efectivos a partir del momento de su aprobación por parte de las autoridades del CNREE y no podrán ser retroactivos. Tendrán una vigencia de un año prorrogable hasta por tres periodos adicionales. Una vez finalizada la prorroga, y de considerarse necesario, se procederá nuevamente a aplicar el procedimiento de selección y análisis de participantes. Los subsidios podrán ser ampliados en monto, de acuerdo con los resultados del seguimiento o por la variación de las necesidades de los receptores. |
Comentarios: | A partir de Mayo 2012, de conformidad con Oficio DM- 252-12 de MIDEPLAN avalando propuesta de reforma institucional de CNREE, el programa se traslada a la Dirección de Operaciones Regionales, que a partir de julio del 2017 se denomina Dirección de Desarrollo Regional. |
Institucionalidad
Marco legal: | Acuerdo 790 de 2019, Ley 7972, Ley 5662, Ley 8783 |
Organismo responsable: | Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (CONAPDIS) |
Organismo(s) ejecutor(es): | Dirección de Desarrollo Regional del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (CONAPDIS) |
Organismo responsable del registro de usuarios: | Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (CONAPDIS) y Departamento Técnico del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE) |
Fuentes de financiamiento: | Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), mediante convenio de la ley No. 8783, así como recursos prevenientes de la Ley No. 7972 y del Presupuesto Ordinario de la República |
1) Eje de Protección
Destinatarios: | Personas con discapacidad de 18 a 65 años, que se encuentran en situación de abandono y/o riesgo social, por lo que requerirán, además de la transferencia monetaria, una opción residencial para poder desarrollar su vida digna e independiente. En este eje se incluyen también las personas con discapacidad de las familias seleccionadas en la estrategia Plan Puente al Desarrollo, con el objetivo de prevenir el abandono, por la presencia de indicadores de vulnerabilidad de pobreza o pobreza extrema y se otorga el componente para atender necesidades derivadas de la discapacidad. |
Modalidad de transferencia: | Según características de la familia y de los miembros del grupo familiar (con base en criterios tales como los costos parciales o totales del apoyo requerido, el destino de inversión del subsidio, la capacidad económica del receptor(a) y su familia). |
Forma de entrega: | … |
Periodicidad de entrega: | Mensual, durante un promedio de 12 meses. |
Receptor/a: | Usuarios del programa |
Sanciones: | En caso de incumplimiento por parte de la persona a lo establecido en el Reglamento, se faculta al Consejo para realizar un estudio a efecto de determinar si procede o no la revocación de la transferencia. |
Comentarios: | Las transferencias monetarias son otorgadas a estos destinarios para que vivan en diferentes alternativas residenciales que promuevan la autonomía y sus proyectos de vida. Las alternativas residenciales que se consideran en este apartado son las siguientes: 1) Alternativa Residencial: se oferta por parte de personas físicas o jurídicas a la persona usuaria. 2) Modalidades Residenciales: opciones residenciales en el ámbito comunitario. 3) Hogar Multifamiliar, que incluye i) Hogar multifamiliar parental: conformado por un núcleo familiar donde ambos padres u sus hijos cuentan con discapacidad; ii) Hogar multifamiliar filial: compuesto por grupos familiares donde los hermanos convivan de manera independientemente y presentan discapacidad; y iii) Hogar multifamiliar de pares: Compuesto por personas con discapacidad con una relación de amistad. 4) Familia Solidaria: basada en un sistema familiar o por afinidad que proporciona un ambiente de convivencia familiar, atención a las necesidades básicas y facilita el desarrollo integral de la persona con discapacidad. Este sistema familiar podrá ser por relaciones de afinidad consanguinidad de tercer grado en adelante pero nunca menor. 5) Hogar Unipersonal: constituida por una sola persona con discapacidad que desee y que por su capacidad funcional pueda vivir de manera independiente. 6) Hogar de Convivencia en Pareja: compuesta por dos personas que califiquen como participantes del Programa Pobreza y Discapacidad que deseen conformarse como pareja. 7) Residencias Privadas: administrada por personas físicas externas al Consejo, que brindan un lugar de convivencia familiar a nivel comunitario a un máximo de 12 personas con discapacidad en situación de abandono comprobado, en un ambiente acogedor, en el que se potencializan sus habilidades personales y se brinden los apoyos para el ejercicio pleno de sus derechos, a través del afecto, la integración y la participación. 8) Hogar Grupal: administrada por una organización no gubernamental de o para personas con discapacidad o de familiares de personas con discapacidad, que brindan un lugar de convivencia familiar a nivel comunitario a un máximo de 12 personas con discapacidad en situación de abandono, en un ambiente acogedor, en el que se potencializan sus habilidades personales y se brinden los apoyos para el ejercicio pleno de sus derechos, a través del afecto, la integración y la participación. 9) Prevención: Modalidad en la cual la persona con discapacidad vive con su familia en condición de pobreza y/o vulnerabilidad social. La transferencia se otorga con el fin de atender las necesidades derivadas de la discapacidad. |
Montos: | Monto máximo revisado anualmente |
2) Eje de Promoción
Destinatarios: | Población con discapacidad en situación de pobreza, costarricenses y extranjeros residentes legales en el país, de 0 a 65 años. A diferencia de los adultos, el programa incluye a todas las personas menores de edad con discapacidad que se encuentren en situación de pobreza, aunque carezcan de una situación migratoria regular en el territorio nacional, de conformidad con lo expuesto en el Código de la Niñez y de la Adolescencia. |
Modalidad de transferencia: | Según características de la familia y de los miembros del grupo familiar (con base en criterios tales como los costos parciales o totales del apoyo requerido, el destino de inversión del subsidio, la capacidad económica del receptor(a) y su familia) |
Forma de entrega: | nan |
Periodicidad de entrega: | Mensual, durante un promedio de 10 meses. |
Receptor/a: | Usuarios del programa |
Sanciones: | En caso de incumplimiento por parte de la persona a lo establecido en el Reglamento, se faculta al Consejo para realizar un estudio a efecto de determinar si procede o no la revocación de la transferencia. |
Comentarios: | La finalidad de este eje es facilitar el acceso a servicios, apoyos diversos con el propósito de contribuir con el desarrollo de capacidades individuales. Se reciben subsidios para los siguientes destinos de inversión: 1) Complementos nutricionales 2) Medicamentos especializados 3) Pañales 4) Mensualidad 5) Material didáctico 6) Transporte 7) Recreación Se establecen convenios con las organizaciones no gubernamentales (ONGs), que según el reglamento de Subsidios son organizaciones privadas, sin fines de lucro, dirigidas por y para personas con discapacidad, sus familiares o amigos, y cuyos fines y objetivos están dirigidos a la promoción y defensa de la igualdad de oportunidades, la protección y la prestación de los apoyos a las personas con discapacidad. Con estas ONGs se establece una línea de cooperación en la que coadyuvan a la inversión de las transferencias económicas de la población receptora de cada región. |
Montos: | Monto máximo revisado anualmente |
Reglamento para el otorgamiento de subsidios para personas con discapacidad en condición de pobreza y abandono
Autor/es: | Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE) |
Fecha: | 2005 |
Datos de publicación: | Norma elaborada por el Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE) del FODESAF |
Link: | Ver página web |
Tema: | Descripción del programa |
Ficha descriptiva del programa Pobreza y Discapacidad, 2019
Autor/es: | Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF) |
Fecha: | 2019 |
Datos de publicación: | Documento elaborado por la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (DESAF) del FODESAF |
Link: | Ver página web |
Tema: | Descripción del programa |