Base de datos de programas de protección social no contributiva
en América Latina y el Caribe
Pensión Universal para el Adulto Mayor (2016-)
Argentina

 

 

Período: 2016-
Web: Ver página web oficial del programa
Descripción: Es una prestación que otorga la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a las personas mayores de 65 años que no cuentan con ninguna jubilación o pensión.
   

Características

Población meta: 1) Adultos mayores de 65 años o más, que no cuentan con ningún tipo de jubilación o pensión.
Escala geográfica: Nacional
Método de focalización: 1) Categórica: Adultos mayores de 65 años o más, que no cuentan con ningún tipo de jubilación o pensión.
2) Comprobación de medios directa
Instrumento selección: La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) realiza evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales sobre la base de criterios objetivos fijados por la reglamentación del programa, a fin de asegurar el acceso a las personas que presenten mayor vulnerabilidad.
Registro de Destinatarios: Registro por parte del ANSES sobre la base del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)
Criterios de egreso o salida:
Comentarios: Para recibir la pensión, los adultos mayores deben ser ciudadanos argentinos nativos, por opción o naturalizados, en éste último caso con una residencia legal mínima en el país de diez años anteriores a la fecha de solicitud del incentivo, o ser ciudadanos extranjeros, con residencia legal mínima acreditada en el país de veinte años, de los cuales diez deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud del incentivo. Los receptores de las pensiones no contributivas por vejez que otorga el Ministerio de Desarrollo Social podrán optar por ser receptores de la Pensión Universal para Adultos Mayores, siempre y cuando cumplan con la totalidad de los requisitos previstos en la Ley No. 27.260. Los receptores de la PUAM no pueden trabajar en relación de dependencia ni por su cuenta, a menos que esten adheridos al Monostributo social. Como parte de las medidas para enfrentar los efectos de la pandemia por COVID-19 y del aislamiento social, en marzo de 2020 se entregó un bono extraordinario de ARS $3,000.
   

Institucionalidad

Marco legal: Ley Nº 27.260 (Título III) de 2016.
Organismo responsable: La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP)
Organismo(s) ejecutor(es): La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
Organismo responsable del registro de usuarios: La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
Fuentes de financiamiento: Tesoro Nacional con fuentes provenientes de rentas generales
   

1) Pensión universal para el adulto mayor

Destinatarios: Adultos mayores de 65 años o más, que no cuentan con ningún tipo de jubilación o pensión.
Modalidad de transferencia: Transferencia plana
Forma de entrega:
Periodicidad de entrega: Mensual
Receptor/a: Participante directo/a
Máximo por familia:
Corresponsabilidades: --
Sanciones: --
Comentarios: El haber mínimo garantizado se establece en el artículo 125 de la ley 24.241, sus complementarias y modificatorias, y se actualizara de conformidad a lo establecido en el artículo 32 de la misma ley. Las personas que cobran esta pensión cuentan con cobertura de salud y servicios de PAMI, pueden acceder al cobro de asignaciones familiares (por hijo/hijo con discapacidad, por cónyuge y ayuda escolar anual) y a los créditos ANSES.
Montos: Equivale al 80% del haber mínimo garantizado. En 2018 el monto mensual fue de $7.447,28. Ver datos formato Excel

 

2) Bono Extraordinario (Respuesta Covid-19)

Destinatarios: Personas seleccionables según ley
Modalidad de transferencia: Según características del participante directo o de los miembros del grupo familiar
Forma de entrega: Transferencia Bancaria
Periodicidad de entrega: Mensual
Receptor/a: Participante directo/a
Máximo por familia:
Corresponsabilidades: --
Sanciones: --
Comentarios: Este bono extraordinario se otorga por un monto máximo de hasta ARS $3.000 a los usuarios de las Pensiones No Contributivas: 1) Beneficiarios del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA); 2) Pensión Universal para el Adulto Mayor; 3) Pensión por Invalidez/Discapacidad y otras Pensiones no Contributivas (Madres de 7 ó más hijos, Ex combatientes de Malvinas, Presos políticos, Graciables, Vejez y Especiales). Este bono extraordinario será abonado a quienes perciban un único beneficio. Los montos son determinados en función del haber mensual del participante o al equivalente a las asignaciones Universales por Hijo y por Embarazo para Protección Social, según corresponda.

 

 

 

Con la cooperación de:


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