Fecha de última actualización: Diciembre 2021
Institucionalidad social
para América Latina y el Caribe
Surinam

 

 

Dimensión jurídico normativa
Adhesión, firma y ratificación de pactos, convenciones y convenios relacionados con los derechos económicos, sociales y culturales
Ratificado / Adherido     Firmado     Sin firma / ratificación
Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer Convención sobre los derechos del niño Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares Convenio constitutivo del fondo para el desarrollo de los pueblos indígenas de América Latina y el Caribe
28 diciembre 1976 15 marzo 1984 30 marzo 2007 1 marzo 1993 1 marzo 1993 28 marzo 2024 28 marzo 2024
Ver detalles Ver detalles Ver detalles Ver detalles Ver detalles Ver detalles Ver detalles
cerrar

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ICESCR, por sus siglas en inglés) y su Protocolo Facultativo son los instrumentos internacionales del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que regulan la protección de los derechos económicos, sociales y culturales (DESC). El Pacto fue aprobado por la Asamblea General de la ONU mediante la resolución 2200 A (XXI) del 16 de diciembre de 1966 y entró en vigor en 1976.

Ver ratificaciones por país    EN    FR
cerrar

La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ICERD, por sus siglas en inglés) es el instrumento internacional del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) dirigido explícitamente a la eliminación de cualquier tipo de discriminación racial. Fue aprobada por la Asamblea General de la ONU mediante la resolución 2106 (XX) del 21 de diciembre de 1965 y entró en vigor en 1969.

Ver ratificaciones por país    EN    FR
cerrar

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad es el instrumento internacional del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que regula la protección de los derechos humanos de las personas con discapacidad con una dimensión explícita de desarrollo social. En ella se adopta una amplia clasificación de las personas con discapacidad y se reafirma que todas las personas con todos los tipos de discapacidad deben poder gozar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Fue aprobada por la Asamblea General de la ONU el 13 de diciembre de 2006.

Ver ratificaciones por país    EN    FR
cerrar

La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) es el instrumento internacional del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que regula la protección de los derechos de las mujeres. Define los actos que constituyen discriminación contra la mujer y describe la naturaleza de la obligación estatal mediante leyes, políticas públicas y programas que el Estado debe desarrollar para eliminar la discriminación. Fue aprobada por la Asamblea General de la ONU el 18 de diciembre de 1979.

Ver ratificaciones por país    EN    FR
cerrar

La Convención sobre los Derechos del Niño (CRC, por sus siglas en inglés) es el instrumento internacional del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que reconoce los derechos de los niños y las niñas articulados sobre la base de cuatro principios fundamentales: la no discriminación, el interés superior de la infancia; el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo, y el respeto por la opinión de los niños y niñas. Fue aprobada por la Asamblea General de la ONU el 20 de noviembre de 1989.

Ver ratificaciones por país    EN    FR
cerrar

La Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares es el instrumento internacional del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que regula la protección de los derechos de las personas migrantes y sus familiares, sin distinción alguna y durante todo el proceso de migración. Fue aprobada por la Asamblea General de la ONU el 18 de diciembre de 1990.

Ver ratificaciones por país    EN    FR
cerrar

El Convenio sobre pueblos indígenas y tribales 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) es el instrumento internacional del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que indica a los gobiernos que deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad. Fue aprobada por la Asamblea General de la ONU el 27 de junio de 1989.

Ver ratificaciones por país    EN    FR

 

 

 

Mención constitucional de temas sectoriales
Mención explícita      Mención indirecta     No menciona

Año de última Constitución observada

Niños y adolescentes

Jóvenes

Personas de edad

Mujeres

Personas con discapacidad

Afrodescendientes e Indígenas

Personas migrantes

Educación Pública

Trabajo y Seguridad Social

Vivienda Social

Salud Pública

Desarrollo Social

1987
  Ver detalles Ver detalles Ver detalles Ver detalles Ver detalles Ver detalles Ver detalles Ver detalles Ver detalles Ver detalles Ver detalles Ver detalles
cerrar

Article 49 A housing plan shall be determined by law, aimed at the provision of a sufficient number of affordable houses and State control on the use of real estate for public housing.

Ver Constitución
cerrar

Article 50 The policy in relation to social security for widows, orphans, the aged, the disabled and incapacitated workers shall be laid down by law

Ver Constitución
cerrar

Article 36 , 1. Everyone has the right to health.

Ver Constitución
cerrar

Article 38 1. Everyone has the right to education and cultural expression. Article 39 1. The State recognizes and guarantees the right of all citizens to education and shall offer equal access to education to all.

Ver Constitución
cerrar

(?) Article 40 In order to promote socio-economic development towards a socially just society, a development plan shall be laid down by law, incorporating the national and socio-economic objectives of the State.

Ver Constitución
cerrar

Article 35. 3. Every child shall have the right to protection without any form of discrimination.

Ver Constitución
cerrar

Article 37 1. Young people shall enjoy special protection for the enjoyment of economic, social and cultural rights, including: a. access to education, culture and work; b. vocational education; c. physical training, sports and leisure.

Ver Constitución
cerrar

El último texto constitucional revisado para este país, no presenta menciones explícitas o indirectas de este tema sectorial en particular.

Ver Constitución
cerrar

El último texto constitucional revisado para este país, no presenta menciones explícitas o indirectas de este tema sectorial en particular.

Ver Constitución
cerrar

El último texto constitucional revisado para este país, no presenta menciones explícitas o indirectas de este tema sectorial en particular.

Ver Constitución
cerrar

El último texto constitucional revisado para este país, no presenta menciones explícitas o indirectas de este tema sectorial en particular.

Ver Constitución
cerrar

El último texto constitucional revisado para este país, no presenta menciones explícitas o indirectas de este tema sectorial en particular.

Ver Constitución

 

 

 

Normativas específicas nacionales
Presenta normativa      No se dispone de información oficial
 

Niños y adolescentes

Jóvenes

Personas de edad

Mujeres

Personas con discapacidad

Afrodescendientes e Indígenas

Personas migrantes

Educación Pública

Trabajo y Seguridad Social

Vivienda Social

Salud Pública

Desarrollo Social

 
Instrumento legal n.d.
  Normativa Normativa Normativa Normativa

 

 

 

Dimensión organizacional
Principal instancia dedicada al desarrollo social

 

País Surinam
Principal instancia Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda Popular
Año de creación 1980
Misión El ministerio apoya a los grupos vulnerables de la sociedad, para que también puedan gozar de una vida decente. Entre los grupos que apoya el ministerio se encuentran: niños y jóvenes; personas con discapacidad; personas adultas mayores; personas y familias de bajos ingresos.
Titular Uraiqit Ramsaran (2020)

 

 

 

Instituciones para la protección de los segmentos poblacionales
No se dispone de información oficial
Segmento poblacional

Niños y adolescentes

Jóvenes

Personas de edad

Personas con discapacidad

Mujeres

Personas migrantes

Principal instancia de protección National Bureau for Gender Policy Ministry of Home Affairs Ministerie van buitenlandse zaken
Instrumento legal StaatBesluits no. 85 (1995)

 

 

 

Dimensión técnico operativa
Herramientas de gestión, planificación, evaluación y transparencia de los programas sociales
Presenta herramienta   No presenta 



Actor de protección social de mayor jerarquía y presencia

Nivel técnico - operativo

Registro Único de Participantes

Sistema Integrado de Administración Financiera /b

Plan Sectorial de Desarrollo Social

Transparencia - Sistema de acceso a la información pública del Estado

Sistema Integrado de
Información Social

Instancias de evaluación de los programas sociales

General

Sectorial

General

Sectorial

Ministerio de Asuntos Sociales y Vivienda Popular
                 

 

 

 

Seguir CEPAL

Socios estratégicos
Suscripción
Obtenga las novedades vía e-mail

Suscribir
Contacto © CEPAL - Naciones Unidas